Diario El Independiente || Edición Digital
Skip to main content

Educación precisó alcance del permiso especial para trabajadores del área

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología precisó detalles de aplicación del permiso especial para empleados dependientes de esa área, conforme al Decreto Provincial Nº 842/16. No se modifica el receso invernal..



El permiso especial será otorgado a personal que acredite con certificación médica estar encuadrado en alguna de las siguientes situaciones: enfermedades cardíacas, diabetes, inmunodeprimidos, insuficiencia renal crónica, personas con Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), pacientes con tratamiento oncológico y transplantados, enfermedades respiratorias en general y mujeres embarazadas.

En este sentido, el personal comprendido en alguna de las situaciones indicadas deberá presentar hasta el día 29 de junio la certificación médica ante el director de la institución donde preste servicios. A los efectos de garantizar agilidad y de manera excepcional, tal certificación podrá ser expedida por profesional médico, sin que sea obligatoria la acreditación por el servicio de medicina legal del Ministerio (MEDIFAN).

Los directores de instituciones deberán el mismo día 29 de junio elevar a sus correspondientes supervisores en soporte digital listado del personal que accederá al permiso especial conforme lo indicado en los puntos precedentes. Tal informe tendrá carácter de declaración jurada. Por vía separada deberán elevar la documentación acreditante.

Asimismo, los supervisores deberán el mismo día 29 de junio elevar en soporte digital a sus correspondientes directores de nivel el listado informado por los directores de instituciones.

Además, conforme Art. 3 del Decreto Provincial Nº 842/16, el permiso especial se extenderá desde el 4 de julio hasta el 8 de julio del corriente año, y tampoco afectará el presentismo del agente ni la percepción del adicional denominado quincenita (Art. 4 Decreto Provincial N°842/16).

No se computarán inasistencias de alumnos

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología reiteró la decisión tomada el día viernes pasado mediante Resolución N° 940/16 que establece no computar las inasistencias de los alumnos de todos los niveles del sistema educativo provincial desde el día 27 de junio de 2016 hasta el inicio del receso invernal. Esta medida alcanza a alumnos de establecimiento de gestión pública y privada.

A partir de la aplicación de esta medida, se reprogramarán las fechas de exámenes previstos para el regreso del receso invernal establecido desde el lunes 25 de julio; y además se rediagramará la planificación de clases a fin de garantizar la recuperación de contenidos.

No modifica el receso invernal

Tal decisión no implica modificación de la fecha de inicio del receso invernal tal como se estableció en el calendario escolar de este año. Por ende, los establecimientos educativos tendrán actividades hasta el 7 de julio inclusive. No obstante, los padres y tutores podrán determinar libremente el presentismo de los alumnos, en base a lo que mejor consideren para sus hijos.