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El INADI dictaminó contra el Casino de Aimogasta

La Dirección de Asistencia a la Víctima del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) expresó mediante un dictamen que los hechos denunciados por una ciudadana de apellido Barrera, contra la empresa Video Drome, el Casino de Aimogasta, encuadran como conducta discriminatoria en los términos de la Ley 23.592..



Cabe recordar que la mujer había denunciado que esta empresa la discriminó por ser madre en el proceso de selección de personal para cubrir un puesto laboral y como prueba de ello, presentó un audio donde desde la empresa se le expresaba este motivo como excluyente.

En su dictamen 155/17, el INADI además le recomienda a Video Drome adecuar las búsquedas laborales que realicen a  futuro con las normativas e instrumentos internacionales y nacionales que consagran el derecho a la igualdad y no discriminación, además, entre las normativas que encuadran el caso desde una perspectiva de género, el escrito cita la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Graciela Dascola, delegada del INADI en La Rioja, recordó que: “la denunciante realizó la presentación tiempo atrás que, luego de haber pasado todos los requisitos del prelaboral, finalmente no pudo ingresar al casino porque tenía un hijo”. En este sentido explicó que “la damnificada había grabado el momento en el que le informaban que no podía ingresar a la empresa porque tenía un hijo”.

Una de las labores del INADI, cumplida a través de su Dirección de Asistencia a la Víctima, es resolver las denuncias por discriminación por medio de dictámenes. Se trata de opiniones jurídicamente fundadas sobre el carácter discriminatorio o no de la situación denunciada que constituyen la opinión de un organismo especializado en la temática, y que suelen ser tenidos en cuenta por otros organismos competentes para resolver definitivamente el conflicto.