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Veda electoral: cuáles son las prohibiciones

Se terminaron las campañas. No se podrán difundir encuestas. Qué se puede hacer y qué no según el Código Electoral Nacional..



A las 8 del viernes comenzó la veda electoral que pone fin a las campañas a 48 horas del inicio de las PASO y veta la difusión de encuestas, además de iniciar el cronograma que prohìbirá el domingo la realización de espectáculos y fiestas y la venta de bebidas alcohólicas, entre otros puntos.

Los precandidatos de los comicios realizaron el jueves sus cierres y aprovecharon la mañana del viernes para dar sus últimos mensajes con sus propuestas. Así dieron cumplimiento con el artículo 31 de 26.571 que establece que las campañas electoral "finalizan 48 horas antes del inicio del acto eleccionario".
 


Con la veda, lo que rige es el artículo 71 del Código Electoral Nacional que establece una serie de prohibiciones hasta las 21 del domingo.

 

Sin actos ni encuestas (con el vacío legal de las redes sociales)


La normativa veta "la realización de actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo".

Tampoco se puede "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre", o sea, hasta las 21 del domingo.

Pero las redes sociales, que no existían cuando se creó el Código, son parte de un vacío legal por lo que Twitter, Facebook e Instagram se convertirán en la arena política para encuestas, mensajes y bocas de urna.