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Corte Interamericana ordenó al Estado que resguarde la vida de Milagro Sala

El máximo tribunal en materia de derechos humanos de la región exigió que la prisión se cumpla en la residencia habitual de la líder social o de cualquier otra manera menos restrictiva de sus derechos. Es una medida de cumplimiento obligatorio para el Estado..



En una resolución sin antecedentes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al estado argentino que “adopte, de manera inmediata, las medidas de protección que sean necesarias y efectivas para garantizar la vida, integridad personal y salud de la señora Milagro Sala”. El máximo tribunal penal en materia de derechos humanos de la región exige que la prisión se cumpla en su lugar de residencia habitual o de cualquier otra manera menos restrictiva de sus derechos. En esa línea que en realidad busca adelantarse a cualquier ardid de la justicia jujeña –cuando después de discutir “casa o habitación” puso residencia habitual– y hay que leer que lo que quiere evitar es un nuevo traslado a lugares como La Ciénaga, donde estuvo arrestada bajo un régimen carcelario. Por eso aclara que las alternativas pueden ser una tobillera en libertad o lo sumo la retención del pasaporte. La medida que ya no es una cautelar de la Comisión Interamericana sino una provisional, es de cumplimiento obligatorio para el Estado. El gobierno lo sabe. Como sabía que podía evitar la cautelar. Los integrantes de la CorteIDH, algunos de los cuales están ofuscados con las últimas posiciones del Ejecutivo y de la Corte Suprema, llegaron a evaluar hacer una visita a Milagro.

La resolución terminó de acordarse la semana pasada. La CorteIDH le puso plazo hasta el 15 de diciembre al Estado para elevar el informe de cumplimiento. Y exige presentaciones de seguimiento cada tres meses. La medida fue solicitada directamente por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante el incumplimiento de la cautelar dictada para proteger la vida de Milagro Sala. En su desarrollo, el escrito hace una larga radiografía de las condiciones de hostigamiento y de persecución para destruir a Milagro Sala como actora política. Uno de los blancos de críticas es el juez jujueño Pablo Pullén Llermanos, despiadado autor de las trasformación de La Ciénaga en un pabellón de máxima seguridad y del nuevo traslado al Penal del Alto Comedero con la excusa de proteger su salud cuando lo que provocó fue sumergir a la dirigente social en un gravísimo cuadro depresivo. “Hay que decir que es una decisión que no tiene precedentes”, explica a este diario Gabriela Kletzel, directora del equipo de trabajo internacional del Cels, peticionante junto con Amnistía Internacional y Andhes del reclamo original ante la Comisión. “La CorteIDH no sólo determinó que hay una situación de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad que lleva a poner en riesgo la vida de Milagro Sala, sino que expuso específicamente qué tipo de medidas son admisibles y cuáles no para resguardar su salud e integridad personal. O sea, consideran que el caso Milagro Sala es de tal gravedad -dice– que disponen cuál es específicamente el tipo de remedio adecuado y cuál es inadecuado. Ahora el Estado ya no puede decir como dijo hasta en las últimas presentaciones en la CorteIDH que Milagro Sala, su vida y su salud, podían estar resguardas de modo mejor estando en la cárcel: la Corte dejó totalmente en claro que eso no es así. No hay posibilidad que el Estado diga lo contrario”.