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Restricciones para la realización de deportes y actividades acuáticas

La Secretaría de Ambiente, informó una serie de medidas que deberán cumplir los aficionados a los deportes náuticos y pesca al momento de realizar las actividades, tanto de manera deportiva o recreativa, durante la época estival y en cada uno de los espejos de agua del territorio provincial..



Desde la Secretaría de Ambiente de la Provincia, las autoridades explicaron que la pesca en embarcaciones y desde la costa, podrá realizarse de lunes a domingo en el horario de 8 a 20.

Asimismo, las embarcaciones para deporte y recreación  acuática a vela, lanchas, esquí acuático, jet ski, moto de agua y embarcaciones a remo, deberán ingresar a los diques únicamente por los clubes autorizados para tal fin y en los horarios de 15 a 20 hs.

De este modo, las embarcaciones que naveguen en los espejos de agua de la provincia, deberán circular en sentido inverso a las agujas del reloj y en todos los casos contar con salvavidas colocados en cada persona embarcada.

Además, las embarcaciones para la pesca con o sin motor y lanchas que practican esquí, deberán contar con 1 balde de achique, 1 matafuego, 1 silbato y quienes practiquen natación, deberán hacerlo a una distancia límite de cinco (5) metros de la costa, y usar salvavidas.

En tanto, queda terminantemente prohibido el ingreso al espejo de agua de personas alcoholizadas y con bebidas alcohólicas.

Del mismo modo, el área ambiental estableció que para utilizar cualquier tipo de embarcación en todos los espejos de agua de la provincia, se deberá suscribir una declaración jurada en la sede de este organismo.

De este modo, los responsables del área recordaron que los aficionados a la pesca, tanto de manera deportiva o recreativa, deberán contar con su licencia respectiva, que solo otorga la cartera ambiental y quienes deban renovarla o tramitarla por primera vez tendrán que acercarse por la Secretaría de Ambiente, sita en Hipólito Irigoyen Nº 148 - subsuelo, de 9 a 12 hs. y deberán presentar: 2 fotos 4x4, copia certificada de D.N.I. y efectuar el pago del arancel.

En sentido, recordaron que solo se podrá extraer hasta 40 piezas, que midan más de 22 cm. de largo, por pescador y que en caso de no cumplir lo establecido por el organismo de aplicación (Secretaría de Ambiente), los infractores serán pasibles de multas y se les decomisaran los equipos de pesca.