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Destacan acceso gratuito a eventos de las personas con discapacidad

Por ordenanza municipal, las personas con discapacidad tienen acceso gratuito a los espectáculos públicos, debiendo reservarse el 5 por ciento del total de las entradas para cubrir esa demanda. El acompañante debe abonar solo el 50 por ciento. Desde la Dirección General para Personas con Discapacidad destacaron el derecho a la recreación y ocio y la necesidad de ampliar esas oportunidades..



Carolina Quintiero, asesora letrada de Dirección General para Personas con Discapacidad, que funciona en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, sostuvo que “el Estado brinda en los distintos ámbitos beneficios exclusivos para personas con discapacidad, teniendo en cuenta que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un instrumento público que permite acceder a beneficios médicos, laborales, asistenciales y de recreación, entre otros derechos contemplados en nuestra legislación”.

En este sentido, la abogada remarcó en cuanto al derecho de recreación y ocio “que en La Rioja está vigente la ordenanza municipal 4.591/2009, la cual prevé que las personas con discapacidad tengan acceso gratuito a los espectáculos públicos que realice, auspicie o intervenga de cualquier manera el Estado Nacional, Provincial o Municipal y sus organismos descentralizados o autárquicos”.

Se incluyen también aquellos realicen eventos culturales, deportivos y de otro tipo de interés público realizados por empresas del Estado y empresas privadas.

Para acceder a ese beneficio basta que la persona con discapacidad presente ante la boletería o la entidad organizadora el CUD y el DNI del titular del certificado, siendo estos documentos válidos y suficientes” para ingresar y hacer valer el derecho establecido, aclaró la abogada mediante una nota.

La entrada resulta así sin costo para el titular del CUD, quien puede ir con un acompañante, lo que aparece especificado en el certificado, “pagando éste último sólo la mitad del valor de la entrada”, para lo que también debe presentar su DNI.

Obligaciones y reclamos

La ordenanza 4.591 prevé por parte de los empresarios que deberán reservar un número de localidades equivalentes al cinco por ciento (5%) de la capacidad total del lugar en donde se lleve a cabo el espectáculo destinado a las personas con discapacidad que presenten el CUD y el DNI.

Asimismo deben garantizar que las personas con discapacidad accederán a lugares visibles acorde a la posibilidad de disfrute del espectáculo con fácil accesibilidad a los mismos.

Por otro lado,  las boleterías en donde se expendan las entradas deberán publicar en forma clara y visible la leyenda “Acceso gratuito a personas con discapacidad”, incluso en sus promociones o publicaciones referidas al evento. En compensación, se otorgará a los organizadores un beneficio de descuento del borderaux (contribución por permiso de espectáculos) proporcional al cupo destinado a personas con discapacidad.

“Ante cualquier incumplimiento de lo establecido en la ordenanza, (los afectados) deberán presentar su reclamo ante la Dirección General de Discapacidad Municipal y/o ante la Dirección de Espectáculos Públicos, ambos autoridad de contralor”, señaló Quintiero.

El valor de los derechos

La asesora del organismo provincial concluyó que “generalmente las oportunidades para las personas con discapacidad son más limitadas”. Respecto de la recreación en especial citó a la especialista Marta Schorn, quien expuso que “la sociedad, y más específicamente nuestra comunidad, poco sabe y está preparada para encarar el tema de la discapacidad. Esto hace que al asumir actitudes negadoras contribuya a construir muros. La discriminación son los ladrillos de esa muralla. Muchas actividades recreativas, culturales o educativas no están pensadas para las personas con discapacidad”.

Quintiero afirmó que “es hora de iniciar el camino para que esto cambie y no olvidar que (como decía el ex secretario de Justicia y fiscal general EEUU, Ramsey Clark)  un derecho no es algo que alguien te da, es algo que nadie te puede quitar".

Cómo se tramita el CUD

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento público de validez nacional emitido por una junta evaluadora interdisciplinaria que certifica la discapacidad de la persona.

El CUD es un documento inviolable e intransferible impreso en papel moneda que cuenta con número único, código de barras y logo.

En La Rioja se tramita en el Ministerio de Salud Pública, en el área de Coordinación de Atención Sanitaria al Discapacitado. Es posible comunicarse al teléfono: 3804-453700 o al interno 4.855 institucional.  A partir de ahí la persona se pone en contacto con la Junta Evaluadora que corresponda para obtener un turno para la evaluación. El trámite es gratuito y voluntario.