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Principio de solución ante las viviendas usurpadas

El representante de las familias que ocuparon dos viviendas en Vinchina, Emilio Rodríguez, explicó que se brindó solución a ambas. Una por la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo y, otra, por orden del juez de Menores..



El letrado señaló que la usurpación de las viviendas fue por una extrema necesidad de dos familias con hijos menores de edad, a quienes se les había prometido hace dos años, pero nunca se cumplió, por lo que ocuparon las viviendas sociales que estaban deshabitadas. Con el fin de buscar una regularización, Rodríguez se reunió con el titular de la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, en donde le informaron que de las 14 viviendas en ese estado, 12 eran de patrimonio municipal.

De igual manera, una delegación de trabajadores del órgano público fueron solamente a una de las viviendas ocupadas y acordaron con la familia que desalojaran el inmueble a cambio del pago del alquiler de otra vivienda y la adjudicación a futuro de una casa.

Mientras que en la vivienda que era ocupada por Gisela González, junto a Hernán Brizuela y dos menores de edad, al ser de patrimonio municipal, tomó intervención el juez de Menores de la Circunscripción correspondiente, Jorge Brizuela. “El juez tomó una decisión muy importante, envió un oficio a la intendente Noemí Barrera, ordenando que en 24 horas solucione el problema habitacional de Gisela y su familia, conforme a la ordenanza Nº 841/16 del departamento, que declara que todas las viviendas que se construyen en Vinchina por el Estado nacional, provincial y municipal tienen un fin social”, señaló el abogado y agregó que, además, dicha ordenanza establece los requisitos que dan prioridad para las adjudicaciones. Los mismos son: ser de escasos recursos como para no poder acceder a una vivienda por sus propios fondos, que los adjudicatarios tengan domicilio en el departamento y residan allí, y la prioridad es la de madres solteras con hijos menores de edad. “Todos esos requisitos los cumple Gisela, por eso el juez ordena que se cumpla esa ordenanza”, especificó Rodríguez.

“Lo que plantea el juez es que el municipio deberá darle una tenencia provisora, hasta que se le entregue una escritura pública sobre la vivienda que habita, ya que la primera beneficiaria no tenía domicilio en el departamento, es decir, no cumplía con los requisitos, por lo que pierde todos los derechos sobre el bien público”, resaltó el abogado.

Ante la ausencia de ese momento de la intendente, el oficio del juez fue presentado ante el viceintendente, pero se negó a recibirlo, por lo que se espera que sea notificado mediante la Policía.