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ANSES prorrogó presentación de la libreta AUH

En el marco de la resolución 18-E/2018, la ANSES informó que extendió hasta el último día hábil del mes de junio, el plazo para la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación o Formulario Libreta PS. 1.47 de la Asignación Universal por Hijo (AUH) 2016, que vencía el pasado 31 de diciembre..



Se recordó que la acreditación de los controles de salud y educación, son indispensables para continuar percibiendo el 80% mensual de la asignación.

Para realizar este trámite, se debe solicitar un turno en el sitio web del organismo, www.anses.gob.ar, o bien, en el número gratuito 130.

Por la AUH se otorga una suma de $1.493 por cada hijo menor de 18 años y hasta un máximo de 5 hijos; en los casos de hijos con discapacidad, la asignación es sin límite de edad.

Pago extraordinario

Además del aumento por movilidad y en el marco del decreto 1.058/2017, en el próximo mes de marzo, jubilados y pensionados con haberes inferiores a los $10.000 y beneficiarios de AUH cobrarán un beneficio extraordinario, el cual alcanzará a más del 70% de los adultos mayores y el 100% de los titulares AUH.

El monto será pagado por única vez para compensar el atraso del aumento del primer trimestre de aplicación de la Ley de Reforma Previsional, según los siguientes valores: jubilados con aportes completos que perciben haberes menores a $10.000 en marzo: $750; jubilados por moratoria, beneficiarios de la PUAM y PNC que perciben haberes menores a $10.000 en marzo: $375 y titulares de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo: $400.

Trámites

Asimismo, se informó que los trámites se pueden realizar vía online de manera rápida y sencilla.

Para ello se ingresa a www.anses.gob.ar, toda persona puede realizar distintos trámites sin necesidad de concurrir a las delegaciones del organismo.

Los comprobantes emitidos desde el sitio web, no requieren la autentificación con sello ni firma de personal de la ANSES para la presentación.

Entre las opciones más solicitadas, se encuentran las siguientes: constancia de CUIL; certificación negativa; consulta de historia laboral; padrón histórico de autónomos; cambio de banco para el cobro de jubilaciones y pensiones; la pensión derivada de una jubilación y comprobante de empadronamiento (CODEM).