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Nicolás Mercado recurrirá al TSJ por la sentencia en el caso Danilo Heredia

CHEPES (C). Nicolás Mercado, abogado defensor de la condenada Lorena Espinoza, en el caso Danilo Heredia, dijo que interpondrá a la brevedad un Recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia ante la resolución condenatoria de prisión perpetua de cumplimiento efectivo, por parte de los jueces de la Cámara de Instancia Única de la Vº Circunscripción Judicial..



El abogado señaló que tras la lectura de los fundamentos de la sentencia y ante el rechazo de la nulidad absoluta que articuló la defensa existe un “desconocimiento por parte del por parte del Tribunal de Sentencia de las normas del Código de Procedimientos Penales de la Provincia de La Rioja, que entró en vigencia en el 22 de diciembre de 1950, y que no resultan de aplicación por la reforma constitucional de 1986”.

La justicia condenó este lunes a Lorena Espinoza como partícipe necesario de Homicidio Agravado con Ensañamiento y Alevosía en el asesinato del joven Danilo Heredia.

Según Mercado al desconocerse las normas del Código de Procedimientos Penales  “se dejó sin efecto atribuciones de la Policía Administrativa, resultando de suma gravedad el criterio jurisprudencial, pues nos hace retroceder en el tiempo, desconociendo además la modificación que sufriere el Artículo 197 inciso 7º del Código Procesal Penal que fuera modificado mediante Ley Nº 6721, que entró en vigencia el 08 de Febrero de 2000”.

Más adelante, el defensor de Espinoza, sostiene que “el Tribunal de Sentencia, para justificar la probada detención ilegal de Lorena Espinoza, echa mano al Art. 323 inc. 3º del C.P.P., que consagra que la Policía Judicial deberá detener, aun sin orden judicial, a la persona contra la cual haya indicio vehemente de culpabilidad, lo que se contrapone con el mandato constitucional que consagra el Artículo 22 de la Constitución Provincial”, que establece “nadie es privado de su libertad, sin orden escrita y fundada de juez competente”, en nada aludiendo al interrogatorio ilegitimo denunciado por la defensa, de donde se extrajo los datos para allanar el domicilio de Contrera.

Además Mercado resalta que “más arbitrario resulta aún la conclusión a la que arriba el Tribunal en cuanto a la participación de Lorena Espinoza en el hecho, pues no se da ninguna razón para tener por no cierto de que fuera Contrera quien habría efectuado una llamada, incurriendo en la arbitrariedad de afirmar la existencia de mensaje”, afirmando que “Lorena efectúa un mensaje que lo lleva a Danilo a concurrir desprevenido al domicilio, cuando en Autos no hay mensaje alguno, solo la constancia de que impacta una llamada en el celular de Heredia”.

Para finalizar, Mercado dijo que “el retroceso en las garantías constitucionales, es un tema que no debe preocupar, únicamente a los involucrados en esta causa, pues admitir criterios jurisprudenciales como lo sostenido en esta causa, nos llevaría al desconocimiento total de las garantías constitucionales y las normas de procedimiento, y en La Rioja, para el esclarecimiento de un hecho, solo haría falta un interrogatorio de los sospechados en sede policial”.