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06/04/21

Chilecito: Se realizó audiencia en causa de amenazas contra una mujer

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 1, de la Segunda Circunscripción Judicial a cargo de la Dr. Alberto Carrizo, realizó una audiencia indagatoria en el marco de la investigación por la supuesta autoría del delito de amenazas.



El hecho surge a raíz de denuncia formulada por M.A.A. contra Fernando L.C. quien actualmente se encuentra detenido a fecha. El imputado hizo uso de su derecho a declarar y contestó todas las preguntas de las partes, querellante particular y Agente Fiscal.

El día miércoles 7 de abril se realizará la audiencia por hecho de flagrancia ante Fiscal. El imputado Fernando L.C. posee cuatro causas, una por Amenazas (Violencia de Genero), dos por desobediencias a la autoridad y una desobediencia a la autoridad en flagrancia.

El imputado cuenta con dos eximiciones de prisión otorgadas, la primera con fecha 17 de marzo y 31de marzo; se notificó de la segunda eximición de prisión al imputado en base a una resolución dictada el 17de marzo.

Con fecha 5 de abril se notificó el rechazo a la solicitud de la Eximición de Prisión, invocada por el imputado, en virtud a lo prescripto en el artículo 317 bis del Código Procesal Penal, el cual se refiere a los riesgos procesales.

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 1, de la Segunda Circunscripción Judicial a cargo de la Dr. Alberto Carrizo, realizó una audiencia indagatoria en el marco de la investigación por un supuesto autoría de amenazas.

El hecho surge a raíz de denuncia formulada por M.A.A. contra Fernando L.C. quien actualmente se encuentra detenido a fecha. El imputado hizo uso de su derecho a declarar y contestó todas las preguntas de las partes, querellante particular y Agente Fiscal.

El día miércoles 7 de abril se realizará la audiencia por hecho de flagrancia ante Fiscal. El imputado Fernando L.C. posee cuatro causas, una por Amenazas (Violencia de Género), dos por desobediencias a la autoridad y una desobediencia a la autoridad en flagrancia.

El imputado cuenta con dos eximiciones de prisión otorgadas, la primera con fecha 17 de marzo y 31de marzo; se notificó de la segunda eximición de prisión al imputado en base a una resolución dictada el 17de marzo.

Con fecha 5 de abril se notificó el rechazo a la solicitud de la Eximición de Prisión, invocada por el imputado, en virtud a lo prescripto en el artículo 317 bis del Código Procesal Penal, el cual se refiere a los riesgos procesales.