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Multarán a los que generen criaderos de Aedes Aegyptis

La Municipalidad de departamento General Belgrano y la dirección de Medio Ambiente municipal convocaron a los pobladores a cumplir el Programa Provincial en Contra del Aedes Aegyptis. Por su parte, el Juzgado de Faltas advirtió sobre las multas a quienes propicien la existencia de criaderos del mosquito..



En un comunicado difundido por la encargada de Prensa de la comuna, Melina Tello se señaló que “el Aedes Aegyptis es un mosquito de hábitos domiciliarios lo que hace prioritario el desarrollo de estrategias de campo participativas y sostenibles con el propósito de incrementar la eficacia de las acciones dirigidas a evitar, limitar y controlar las poblaciones del vector”.

Por ello “se solicita a la comunidad mantener sus hogares libres de espacios donde pueda acumularse agua. Todo depende de la toma de conciencia de cada individuo para que juntos logremos evitar enfermedades transmitidas por el mosquito Aedes Aegyptis”.

Por su parte, el Juzgado de Faltas Municipal dio a conocer las multas que corresponden por atentar contra la salubridad pública que van de 50 a 250 UF, unidades que se calculan según el valor de un litro de nafta. En este caso recomendó “mantener la higiene en lugares públicos o privados como por ejemplo terrenos baldíos, obras no concluidas o propiedades desocupadas”.

También habrá multas del mismo valor para quienes arrojen residuos, desperdicios, tierra, aguas servidas, enseres domésticos, materiales, escombros o cualquier otro elemento no autorizado en la vía pública, baldíos o casa abandonadas.

Los que provoquen la emanación de polvo, humo, partículas, cenizas, gases tóxicos, materiales olorosas y otras sustancias contaminantes del aire será sancionado con multa de 30 a 500 UF.

En cuanto a los vecinos que contaminen, degraden o generen peligro de contaminación o degradación del medio ambiente será sancionado con multas de 150 a 750 UF. Podrá disponerse además la clausura y /o inhabilitación de los locales comerciales o de otra naturaleza que provoque esta causa.

También habrá multas de 100 a 300 UF para quienes alteren el normal tránsito por la vía pública, clausurare u omitiere los resguardos exigidos para preservar la seguridad de las personas o bienes que implica en la mayoría de los casos ocupar las veredas o calles.

Si la falta fuera cometida por empresas que realicen obras públicas o privadas y/o que presten servicios públicos o contratistas de éstas, serán sancionados con multas de 240 a 2.400 UF.

En cuanto a los que coloquen, depositen, lancen, transporte o abandonen vehículos (chatarra) animales, cosas, líquidos u otros elementos en la vía pública será sancionado con multas de 100 a 1.000 UF y/o decomiso.