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Inició ayer el juicio contra Díaz por la muerte de Jonathan Zárate

Durante la jornada de ayer se dio inició al juicio en contra de Federico Díaz, quien se encuentra imputado del “homicidio culposo” del joven Jonathan Zárate. El hecho ocurrió en el 2015, cuando el acusado embistió con su auto la motocicleta en la que circulaba “Joni”, quien murió por las heridas.



En el día de ayer se efectuaron las primeras dos audiencias del debate, tanto a la mañana como a la tarde, en las que el Tribunal de la Cámara Tercera, receptó las declaraciones testimoniales en la causa que tiene a Federico Mauricio Díaz, alias “Mambrú”, como presunto autor del delito de “homicidio culposo” del joven Jonathan Zárate, quien al momento del hecho, la madrugada del 21 de noviembre del 2015, tenía 17 años.

Vale recordar que, según consta en la acusación, Díaz se habría conducido en estado de ebriedad y en alta velocidad en su automóvil Volkswagen Gol Trend por la avenida San Francisco, acompañado por dos mujeres, cuando en la intersección con calle Ecuador, embistió violentamente la motocicleta 110cc. en la que circulaba la víctima, provocando que el adolescente saliera despedido y sufriendo gravísimas heridas, que finalmente le provocaron la muerte.

Vale remarcar que, según consta en la investigación que realizó el juez de Instrucción que estuvo al frente del caso, las personas que acompañaban a Díaz en el automóvil al momento del hecho, declararon que ellas se bajaron, llamaron a la ambulancia e intentaron ayudar a la víctima, pero el conductor se había dado a la fuga abandonando la escena. Además, en sus testimonios, confirmaron que Díaz había estado ingiriendo bebidas alcohólicas antes del siniestro y que conducía a alta velocidad.

Asimismo, las pericias accidentológicas, si bien plantearon algunas diferencias entre los peritos, se determinó que el automóvil circulaba a unos 80 kilómetros por hora (en un lugar donde la máxima es de 60 kilómetros), como así también que el embistente fue el rodado mayor.

Ante este y otros datos, el Ministerio Público Fiscal calificó la conducta de Federico Díaz como “configurativa del delito de homicidio culposo - Art. 84 segundo párrafo del CP – (según Ley 25.189 aplicable conforme la fecha del hecho y Art.23 Const.Prov.), en tanto la muerte de la víctima fue consecuencia de su conducta imprudente y violatoria de normas de tránsito”.