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La producción agropecuaria quedó exceptuada de la cuarentena total

Así lo dispuso el gobierno mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia por el cual se lanzan fuertes medidas para prevenir la Pandemia. Hubo diálogo entre el ministro de Agricultura y los dirigentes del campo para unificar criterios antes de la puesta en marcha de la medida.



La Argentina atraviesa horas dramáticas en su lucha contra la Pandemia del Coronavirus. Anoche, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció luego de una reunión con los gobernadores en la Quinta de Olivos, la cuarentena total a partir de las 0hs de hoy y hasta las 24hs del 31 de marzo, con la posibilidad de prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

La medida fue ratificada a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia que se publicó hoy en el Boletín Oficial que ordena un “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para hacer frente a la pandemia. En los considerandos del Decreto, el Presidente expresó: “La velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia. La salud de las personas es nuestra principal prioridad. Es por eso que cumplimos con todas las normas y protocolos establecidos, aplicando a todas nuestras actividades los más altos estándares de cuidado y control”.

Y agregó: “Nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario. Toda vez que no se cuenta con un tratamiento antiviral efectivo, ni con vacunas que prevengan el virus, las medidas de aislamiento y distanciamiento social obligatorio revisten un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto de sanitario del COVID-19”.

En el Decreto también están contempladas las excepciones para la cuarentena total, entre las cuales se encuentran las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, y aquellas que son impostergables como las del comercio exterior. Todo esto con el objetivo de garantizar la elaboración y abastecimiento de alimentos.

FUENTE: INFOBAE