
31/03/20
La Agencia Territorial La Rioja del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social informa que de acuerdo a la Resolución RESOL-2020-260-APN-MT se resolvió prorrogar hasta el 31 de mayo de 2020 los vencimientos de las Prestaciones por Desempleo de la Ley N° 24.013 y de la Ley Nº 25.371 que se produzcan entre el 1° de febrero de 2020 y el 30 de abril de 2020, otorgadas a los beneficiarios que no se hayan reinsertado en el mercado laboral.
El artículo 2 establece que las cuotas de prórroga serán mensuales, sin poder aplicarse la modalidad de pago único prevista en el artículo 127 de la Ley Nº 24.013.
En tanto el artículo prevé que el monto de las cuotas de prórroga será equivalente al 70 por ciento de la prestación original.
El artículo 4° faculta a la Secretaria de Empleo a dictar las normas interpretativas, complementarias y/o de aplicación que resulten necesarias para implementación de la presente medida.
Asimismo el artículo prevé que la Administración Nacional de Seguridad Social efectuará los cruces informáticos y demás controles para la determinación del derecho a la extensión de la prestación, así como también la Secretaría de Empleo continuará realizando los controles y/o exigiendo los requisitos para mantener el beneficio en cuestión.
Se recuerda que ante cualquier consulta pueden comunicarse a través del correo electrónico [email protected] o por denuncias al teléfono 08006664100.