
16/04/20
El TOF 1 dispuso que el ex funcionario siga arrestado. Fue condenado a seis años de prisión por enriquecimiento ilícito.
La Justicia rechazó el pedido de excarcelación de José López, el ex secretario de Obras Públicas kirchnerista condenado por enriquecimiento ilícito y convertido en “arrepentido” en la causa de los cuadernos. El ex funcionario reclamaba la libertad condicional, un beneficio que se solicita cuando ya cumplió gran parte de su pena y tuvo buena conducta, con el objetivo de seguir cumpliendo su condena fuera de la cárcel.
El fallo, al que accedió Infobae, fue firmado en la noche del martes por los jueces Adrián Grünberg, José Michelini y Ricardo Basílico. El fiscal Miguel Ángel Osorio sostuvo que debía rechazarse la solicitud de excarcelación en términos de libertad condicional de López. Y los jueces del Tribunal Oral Federal 1 coincidieron en denegarla.
El 12 de junio de 2019, López fue condenado a la pena de seis años de prisión. La sentencia incluyó la orden de pagar una multa del 60% del valor del enriquecimiento y la prohibición perpetua para ejercer cargos públicos. Junto a él fue condenada su esposa, María Amalia Díaz, a 2 años de prisión de ejecución condicional como partícipe secundaria. La monja Inés Aparicio, quien lo ayudó a ingresar los bolsos al convento de General Rodríguez, fue absuelta del delito de encubrimiento. Y se condenó a dos años y medio a los empresarios Andrés Enrique Galera y a Eduardo Ramón Gutiérrez como partícipes necesarios de enriquecimiento ilícito. Los empresarios Carlos Gianni y el abogado Marcos Artemio Marconi, sospechados de prestanombres, fueron absueltos.
“Aquella sentencia, a la fecha, no se encuentra firme toda vez que las partes interpusieron diversos recursos de inconstitucionalidad y casación, los que fueron concedidos para su tratamiento ante el Superior”, sostuvo el fallo del tribunal al analizar el pedido formulado por López.
Pero además el TOF 1 destacó como “oportuno recordar” que el 21 de octubre de 2017 López fue condenado como autor material del “delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil atenuada, a la pena de un año y siete meses de prisión, de efectivo cumplimiento, e inhabilitación para portar y tener armas, por el plazo de 3 años y dos meses, y costas” en la justicia de Mercedes. Precisamente, era el arma que llevaba al convento junto a los millones de dólares que se le incautaron.