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21/10/20

Rechazaron un recurso de Nahir Galarza para que la Corte Suprema revea su sentencia

La decisión fue tomada por los integrantes de la Sala I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Como última instancia, la defensa intentará llegar a la Corte nacional por la vía del recurso de queja.



El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, integrado por Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, rechazó un recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Nahir Galarza para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revea y anule la condena. La joven fue sentenciada a prisión perpetua, por el crimen a balazos de su novio Fernando Pastorizzo, cometido en diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.

Con esta decisión, los integrantes de la Sala I del STJ dejaron firme el fallo condenatorio en su provincia, por lo que a la defensa de Galarza le queda como última instancia intentar llegar a la Corte nacional por la vía del recurso de queja, según explicaron fuentes judiciales.

En el fallo de 12 páginas al que accedió la agencia Télam, el procurador general de la provincia de Entre Ríos, Jorge García, sostuvo en su dictamen la “inadmisibilidad” de este recurso por considerar que la cuestión agraviada fue “harto tratada” en primera instancia, en Casación y en el mismo tribunal supremo. En tanto, la querella también señaló que no existía “una genuina cuestión federal” en el planteo de la defensa.

El vocal Carubia, con el que coincidieron Giorgio y Mizawak, sostuvo que “los fundamentos del recurso articulado no expresan vicios verificables de esa específica resolución, ni desarrolla una crítica razonada de todos y cada uno de los concretos motivos fundantes del fallo que puntualmente pretende derribar ni justifica siquiera la real existencia de una ´cuestión federal´ a cuya reserva refiere genéricamente sin satisfacer la debida y oportuna invocación que exige la doctrina de la Corte”.

Para Carubia, el abogado realiza un “intento vano de utilizar esta excepcional y restrictiva vía impugnativa para reavivar planteos defensivos vinculados a la calificación legal, suficientemente tratados y descalificados en los fallos de mérito precedentes, reexaminados y validados por este Tribunal al rechazar la impugnación extraordinaria intentada”.

“Recordemos que el Máximo Tribunal Federal ha sostenido que, si bien el planteamiento de cuestiones federales no requiere de fórmulas especiales ni términos sacramentales, debe ser, sin embargo, manifiesta y clara”, añadió Mizawak y entendió que la defensa no cumplió con esos extremos, por lo que corresponde la “desestimación” del planteo.

Luego de esta decisión, la defensa cuenta con 10 días hábiles para llevar a cabo su último esfuerzo por llevar el caso a la Corte nacional vía un recurso de queja.

FUENTE: INFOBAE