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18/04/21

Chilecito: la Justicia resolvió una medida autosatisfactiva por la venta de un vehículo

La Cámara Primera en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, Sala 'C', de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito, a cargo de la Dra. María Greta Decker, resolvió hacer lugar a una pretensión de venta de un automóvil, cuyo co-titular se encuentra desaparecido.



Los solicitantes plantearon una medida autosatisfactiva, (es decir una acción urgente, procede en situaciones excepcionales)a fin de que se los autorice a la venta de un automóvil, que lo hacen en calidad de esposa e hijo de una persona desaparecida desde el día 13 de junio de 2019 cuya investigación judicial se encuentra en curso.
 
Que la venta cuya autorización se solicita se origina en el estado de necesidad en que se vio colocada la familia como consecuencia de que la persona ausente era el único sostén económico de la misma. Si bien, la titular del vehículo automotor es su esposa y solicitante, pero al pertenecer a la comunidad matrimonial de bienes, se requiere el consentimiento del cónyuge.
 
Por lo que, la Magistrada interviniente consideró quepor medida autosatisfactiva se entiende una especie de proceso urgente, que abarca diversas hipótesis en las cuales el factor tiempo juega un rol preponderante. Cabe agregar además que esta medida es una decisión excepcional porque altera el estado de hecho o de derecho existente al tiempo de su dictado, y requiere la concurrencia de los presupuestos básicos de las medidas cautelares, a los que se agrega un requisito que le es propio, la posibilidad de que se consume un daño irreparable. Con esto, lo que se pretende alcanzar rápidamente es la protección de derechos sustanciales sin necesidad de esperar la sustanciación y culminación de un proceso jurisdiccional principal.