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30/11/21

Concluyeron los alegatos de juicio por lesiones leves y graves

En la sala de la Asociación de Magistrados, la jueza Dra. Karina Cabral, a cargo de la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, concretó la quinta y última audiencia del juicio en contra de Jorge L. S. G. y Gladys E. C., acusados de "lesiones leves (dos hechos en concurso real) y lesiones graves", en contra de una mujer y su hijo mayor de edad.



En primer lugar, la Magistrada procedió a receptar el último testimonio ofrecido por las partes. En ese sentido, compareció un médico cirujano especialista en reconstrucción facial, el cual se refirió a la lesión en el ojo que presentaba una de las supuestas víctimas, y brindó detalles de la intervención quirúrgica que le practicó.
 
Posteriormente, la Jueza ordenó la incorporación de la prueba documental, para luego dar lugar a la etapa de Alegatos.
 
En ese contexto, tomó la palabra en primer término el abogado querellante, Nicolás Azcurra, quien narró cómo sucedieron los hechos, los cuales calificó como una “agresión salvaje” por parte de los acusados hacia las víctimas. Asimismo, recalcó que para hacer comparecer a la imputada, se debió solicitar una orden de búsqueda y captura, lo cual para esta parte, demuestra en cierto sentido la responsabilidad de la misma en el hecho. Por último, el letrado consideró que durante el proceso, quedaron acreditados tanto los hechos, como su autoría y la calificación de las lesiones.
 
Seguidamente, el Dr. Rafael López, en representación del Ministerio Público Fiscal (MPF), expresó que el hecho coincide con la acusación sostenida por Fiscalía. Al respecto, hizo un repaso por la prueba testimonial y documental ofrecida, haciendo un fuerte hincapié en los testimonios brindados por los profesionales médicos que constataron las lesiones en las víctimas. Con lo cual, consideró que Jorge L. S. G. es el autor responsable y culpable del delito de Lesiones leves (dos hechos) en concurso real, solicitando la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional; en tanto que para Gladys E. C. pidió la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, por hallarla culpable del delito de Lesiones Graves.
 
No obstante, el Fiscal argumentó que solicitó dichas penas, teniendo en cuenta que los imputados no poseen antecedentes penales y ambos reconocieron los hechos.
 
En su turno, la Defensa a cargo de la Dra. Leticia Vega Aciar y el Dr. Gustavo Vedia, alegaron que, desde su perspectiva, los hechos han sido desvirtuados durante el proceso y que la conducta desplegada por los acusados no es reprochable, teniendo en cuenta que se enmarca en la “legítima defensa”, estipulada en el artículo 34, inciso 6 del Código Penal, ya que ambos, “se defendieron” de las agresiones de las supuestas víctimas. En esa línea, solicitaron la absolución para sus defendidos y requirieron un tratamiento psicológico para la hija de sus clientes, una menor de edad, la cual estuvo expuesta a los hechos.