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21/06/22

Se llevó a cabo audiencia de causa por evasión y resistencia a la autoridad

Chepes (c) La audiencia penal fue en relación a un hecho acaecido el 09 de agosto del 2020, cuando el imputado Castillo se fuga de las celdas de Brigada de investigaciones Chepes, donde se encontraba detenido en virtud de ser imputado por un delito de robo.



En el día de la fecha, a las 10 horas se llevó  a cabo, en la V° Circunscripción Judicial, audiencia de debate en autos  expte. N° 13.606 letra “C” año: 2020 caratulados:” Castillo Torres Federico s.a.d. Evasión y resistencia a la autoridad”, en la Sala N° 2 –Unipersonal a cargo dela Dra. María Alejandra López, tras acuerdo de “Juicio Abreviado”  Secretaría “A” a cargo del Dr. Miguel R. Ochoa,  Ministerio Público Fiscal (MPF)  representado por  Fiscal de Cámara Dr. Julián de la Colina, la defensa del imputado a cargo de la Dra. Eva Wamba.

Una vez comenzado el Debate como cuestión previa, las partes  Ministerio Publico Fiscal y Defensa del imputado presentaron un “Acuerdo de juicio abreviado” (Art 13, 14 y concordantes de la Ley 8.661) solicitando a la Jueza apruebe lo acordado en fijar 6 meses de prisión al prevenido, cabe agregar que el imputado está a la fecha cumpliendo  una pena de 6 años de prisión en el SPP por el delito de robo por ello se pide también -la unificación de la pena-seguidamente la Jueza Dra. Alejandra López, luego de receptar declaración indagatoria al imputado, paso a explicar la requisitoria fiscal, los alcances del acuerdo y a incorporar la prueba.

 Seguidamente dictó la sentencia en el mismo acto exponiendo los argumentos y finalmente  condenando a Castillo por los delitos penales de “Evasión y Resistencia a la autoridad” (Art. 280 y 239 del CPA) y a la pena de 6 meses de prisión, siendo esta pena acumulable a la anterior de 6 años, de prisión efectiva, ordenando el traslado al Sistema Penitenciario Provincial.

Cabe aclarar que en este tipo de juicios el Juez/ a  no puede establecer una pena mayor a la solicitada, dado que así lo indica la ley por admitir el imputado el delito y el MPF acordar una pena.