
La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción avanzó este jueves en la etapa final del juicio contra Adrián G., acusado de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, en un proceso que se sustenta en los antecedentes vinculados al derecho alimentario de su hija. El debate es presidido por el juez Gustavo Díaz y quedó en condiciones de sentencia tras la exposición de los alegatos.
Durante la jornada, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena de 2 años de prisión en suspenso, al considerar acreditado que el imputado no garantizó la cobertura mínima de las necesidades esenciales de la joven. El fiscal destacó que la hija del acusado no contó con obra social y que el propio imputado admitió asistirla únicamente “ante una emergencia”. También sostuvo que la paternidad está probada y que el acusado disponía de recursos económicos suficientes conforme a su actividad profesional.
La querella coincidió en señalar un incumplimiento sostenido y afirmó que el imputado habría actuado “según su voluntad”, sin mantener un interés real ni constante por su hija. Aseguró que existió un patrón de desentendimiento desde el nacimiento hasta la actualidad y que esto generó un daño emocional. En consecuencia, solicitaron una compensación por abandono y perjuicios derivados.
En tanto, la defensa argumentó que el conflicto no deriva de un incumplimiento alimentario sino de la pérdida de la cobertura médica. Sostuvo que el imputado incrementó sus aportes de manera espontánea, incluso cuando la hija ya era mayor de edad, y que dichos pagos se encuentran respaldados por registros bancarios. Afirmó además que, en situaciones excepcionales, el acusado realizó compras directas de bienes esenciales para su hija.
Uno de los puntos centrales analizados por el tribunal es la baja del plan OSDE 210, producido el 31 de octubre de 2018, prestación que integraba la cuota alimentaria acordada y ratificada judicialmente.
Tras la finalización de los alegatos, la audiencia pasó a cuarto intermedio y el tribunal dará a conocer su resolución dentro de los plazos procesales establecidos.