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La Justicia analiza identificar deudores alimentarios en partidos de fútbol local

La jueza Gisela Flamini, titular del Juzgado de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2, confirmó que inició conversaciones con referentes del fútbol riojano para evaluar mecanismos que permitan detectar a personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos durante la realización de partidos en la provincia.



La magistrada explicó que el objetivo es fortalecer el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes, aprovechando el fuerte poder de convocatoria que tiene el deporte. "Yo he entrado en contacto con gente de las asociaciones riojanas de fútbol para ver cómo implementar en los partidos la identificación", adelantó.

Flamini subrayó que el deber alimentario no es solo una cuestión legal, sino también moral y ética. "Ese deber alimentario es para satisfacer necesidades de los hijos. No es para la ex pareja", aclaró. En esa línea, recordó que el incumplimiento de la cuota alimentaria se encuentra tipificado en el Código Penal bajo la figura de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

La jueza advirtió que para que el delito se configure no es necesario ocultar bienes ni realizar maniobras complejas. "Con el solo incumplimiento ya se incurre en el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar", afirmó, al tiempo que señaló que esa conducta habilita la intervención penal e incluso la realización de un juicio.

No obstante, la magistrada recomendó que, en primera instancia, se intenten vías de mediación y acuerdos a través de la Defensoría Pública. Sin embargo, remarcó que cuando un convenio homologado judicialmente no se cumple, se puede avanzar tanto en el fuero civil como en el penal.

Respecto de los casos en los que un progenitor tiene hijos con distintas parejas, Flamini explicó que es la Justicia Civil la que fija los porcentajes de la cuota alimentaria, teniendo en cuenta las necesidades de cada niño, su edad, escolaridad, estado de salud y la situación económica del obligado. "Se analiza cada caso concreto y se adecua a la realidad económica", precisó.

La iniciativa se encuentra en etapa de análisis y contempla trabajar de manera articulada con dirigentes del fútbol local, siempre dentro de los límites que establece la normativa vigente. Según indicó la jueza, las reuniones continuarán para determinar la viabilidad y los alcances de una eventual implementación.

Resolución reciente 

En el mismo contexto de fortalecimiento del cumplimiento alimentario, el Juzgado de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2, a cargo de Flamini, dictó el procesamiento con prisión preventiva contra un hombre identificado como Víctor N. M. por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

De acuerdo con la resolución, el imputado había acordado en diciembre de 2024 el pago mensual de 50.000 pesos para la manutención de su hijo de 10 años, pero solo efectuó dos depósitos y luego registró varios meses de incumplimiento.

La magistrada sostuvo que se trata de un delito de omisión que se configura con el mero incumplimiento de la obligación alimentaria, sin que sea necesario acreditar un estado de indigencia del menor. La causa continuará conforme a las etapas procesales previstas.