
El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 2 de La Rioja, a cargo del juez Dr. Daniel Barria; procesó a Maximiliano S. M. como supuesto autor del delito de emisión de cheques sin provisión de fondos, previsto en el artículo 302 inciso 2 del Código Penal.
La investigación se originó a partir de una denuncia vinculada con el retiro de materiales de construcción de una empresa de la ciudad de La Rioja. Como contraprestación, el imputado habría entregado un cheque de pago diferido, que posteriormente fue presentado al cobro y rechazado por falta de fondos.
Un cheque por $21 millones
De acuerdo con la resolución, el cheque fue emitido en mayo de 2025 por un importe de $21.000.000,-. Entre los elementos analizados, el Juzgado tuvo en cuenta documentación comercial, copia del cheque, informes bancarios y un convenio posterior de reconocimiento de deuda y plan de pago.
El informe bancario incorporado a la causa acreditó que el cheque fue rechazado por “falta de fondos”. La resolución también señala que el imputado fue intimado mediante carta documento y no abonó el importe dentro del plazo legal.
Procesamiento, libertad provisoria y embargo
Al evaluar las pruebas reunidas, el magistrado consideró acreditados, con el grado de convicción requerido para esta etapa procesal, la emisión del cheque, su presentación al cobro, el rechazo por falta de fondos y la falta de pago posterior a la intimación.
En consecuencia, el Juzgado dispuso el procesamiento del imputado, confirmó la libertad provisoria que le había sido otorgada y ordenó trabar embargo sobre sus bienes, destinado a responder por la eventual pena pecuniaria y las costas del proceso.