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31/05/20

Una mujer fue acusada por lesiones graves agravadas en juicio virtual

La Sala Unipersonal De La Cámara Tercera En Lo Criminal y Correccional a cargo de la Dra. Sara López Douglas, en Feria Judicial Extraordinaria, en modalidad de juicio abreviado por audiencia virtual; resolvió condenar a Carla Sofía Luna por considerarla autora penalmente responsable del delito de Lesiones Graves Agravadas en Flagrancia.



El hecho que se le imputa a la acusada sucedió el 5 de abril del corriente año, a las 3 de la madrugada aproximadamente, en circunstancias que Carla Luna, Francisco Veliz y Francisco Luna Veliz, se encontraban en el Barrio 20 de Mayo, discutiendo con Adrián Romero. Producto de ello, se inició una pelea entre los tres masculinos, pero intercede la imputada, quien le produjo lesiones con arma blanca a Romero.

En la ocasión efectivos policiales llegan al lugar, logrando separarlos y constatando que Romero estaba gravemente herido, por lo que dan aviso al Servicio de Emergencia 107, resultando aprehendidos en el lugar Carla Sofía Luna, Francisco Dardo Veliz y Francisco Ramón Luna Veliz quienes al momento del hecho fueron observados por vecinos. Posteriormente personal policial hace un rastrillaje y encuentra un cuchillo mediano, con mango de madera marca Tramontina, procediendo al secuestro de la misma en el domicilio de los imputados.

Asimismo en el hospital Enrique V. Barros (área de cirugía) las lesiones fueron constatadas por la médica de Policía Técnica Judicial, arrojando que la herida correspondía a un arma blanca en línea axilar izquierda, que ocasionó un colapso pulmonar.

El juicio abreviado se llevó a cabo en Audiencia Virtual (Según Acordada 40/2020 TSJ), y en simultáneo se encontraban conectados, la jueza de Cámara Dra. Sara López Douglas, la Secretaria Dra. Florencia Fernández Valdés, en representación del Ministerio Publico Fiscal, la fiscal Dra. Nadia Schargrodsky, el abogado defensor de la acusada Dr. Sergio Gómez y la acusada Carla Sofía Luna (quien se encuentra en la sala de audiencias de esta Cámara Tercera).

Por último, la Magistrada condenó a Carla Sofía Luna a 3 años de prisión de cumplimiento condicional, por lo que deberá seguir las siguientes reglas de conducta: Fijar domicilio procesal, a los fines de se presente ante la autoridad cuando se requiera, comunicar a la autoridad judicial cualquier cambio del mismo; Someterse al cuidado del Patronato de Liberados, al que deberá concurrir del 1 al 10 de cada mes; Abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos; Adoptar un oficio adecuado a sus capacidades en la Escuela de Formación Laboral o en la escuela de oficios que determine la Jueza de Ejecución Penal; Abstenerse de consumir estupefacientes, Realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, en el lugar que determine la Jueza de Ejecución Penal, durante cuatro horas semanales, sin afectar sus horarios de trabajo y/o de estudios, y acreditarlo con la certificación correspondiente. (Artículo 27 bis del Código Penal), y Abstenerse de acercase o comunicarse con la víctima, por cualquier vía.