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30/06/21

Desde el 1º de julio comienza a aplicarse el nuevo índice de actualización de alquileres

La presidenta de la Cámara Inmobiliaria, Luciana Porras Luján, en contacto con Medios El Independiente, se refirió al nuevo índice que comenzará a regir desde el 1º de julio del corriente año. Señaló que la suba ronda alrededor del 40 por ciento.



Porras Luján en primera instancia enmarcó dicha novedad “no es que vuelven a aumentar los alquileres. Al 1º de julio del 2020, se puso en vigencia la nueva ley de alquileres 207551, que a diferencia de la 23091 que era la ley anterior de alquileres, se pactaba en el momento de la firma de alquileres los valores que ibas a tener durante todo el plazo contractual. Con esta ley, se firma el contrato con un monto x, y a los 12 meses tenés la primera actualización del valor del contrato. Este porcentaje de incremento está regulado por dos indicadores, uno es el Índice del Precio al Consumidor y el otro, Incremento salarial que hubo durante los 12 meses. Este promedio está contemplado dentro de la nueva”.

Aclaró con respecto a la suba “tengo medido  que es entre un 36 y 40 por ciento al día de hoy. Si perjudica a La Rioja en el sentido que nosotros veníamos manteniendo unos valores de los últimos cuatro años entre un 25 y 30 por ciento, mientras nosotros podíamos regular esos valores. Ahora como ya no tenemos ese poder de negociar entre las partes, directamente tenemos que acoger de este índice que está dentro de la ley de contratos”.

Porras Luján resaltó que se trata de la primera actualización y entra en vigencia desde el 1º de julio, “de los contratos firmados en el mes de julio del año pasado. Estamos hablando de propiedades, viviendas”.

Asimismo señaló que “la gente que no tiene contrato, evidentemente no ha trabajado nunca con a través de una inmobiliaria, por lo tanto nosotros no podemos resguardarla. La gente que hace contratos privados, tampoco estaría dentro de nuestro resguardo. Nosotros podemos hablar dentro de la Cámara Inmobiliaria, trabajamos dentro de un marco legal en el cual les brindamos la seguridad jurídica a las partes: propietario e inquilinos. Siempre estando dentro de las leyes, ya sea ley de contrato de alquiler o ley de alquileres temporarios o comerciales, que ahí le van a contemplar de acuerdo al tipo de contrato que se haga, toda la seguridad jurídica en ambas partes. Esta nueva ley, hablando de un contrato normal de tres años, habitacional, fue bastante mejorada en el tema de las partes en cuanto a los arreglos, garantías, se flexibilizó y aclaro muchos puntos. Sigue tendiendo el inquilino la oportunidad de dejar en 6 meses a vivienda en caso de que surja algún inconveniente, esta ley aplica que con 4 meses de anticipación no debe pagar ninguna multa”.