
Ana Maza, integrante y referente del programa de Celiaquía del Ministerio de Salud, se refirió a la reglamentación de la Ley de Enfermedad Celíaca. La reglamentación define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos Sin TACC y establece las adecuaciones que deberán realizar las instituciones y establecimientos para poder ofrecer un Menú Libre de Gluten seguro.
Por Decreto 218/2023, se aprobó la reglamentación de la Ley de Celiaquía Nº 26.588, modificada por Ley Nº 27.196, que plantea la incorporación de la obligatoriedad de ofrecimiento de menús libres de gluten en diferentes instituciones y establecimientos y amplía la identificación de los medicamentos, en función del contenido o ausencia de gluten.
Maza en contacto con Medios El Independiente sostuvo “El Gobierno dio plazo para que el Ministerio de Salud, organismo de aplicación pueda reunirse con la CONAL (Comisión Nacional de Alimentos), con los diferentes organismos que regulan el comercio y el área de Bromatología para formular un menú más especificado libre de gluten para que estos lugares que tienen la obligatoriedad de ofrecer un menú libre de gluten lo puedan hacer dentro de un plazo de 6 meses”.
Añadió que “calculamos que dentro de un año se comenzará a regir esta reglamentación y quienes son los organismos de aplicación que van a tener que organizarse para auditar y controlar que esto se cumpla”.
Maza precisó sobre el tema, “es importante empatizar que todos estemos informados, que el único tratamiento de una persona que tiene celiaquía es una alimentación de por vida libre de gluten. Para esto no solo podemos decir que tienen que ser alimentos envasados, que vengan con el logo. Sino también que en lugares como bares, educativos, que ofrezcan un menú libre de gluten, que sea seguro, que no se haya producido ningún tipo de contaminación cruzada con otro alimento. Por eso es importante la capacitación sobre esta guía de la elaboración de menú sin gluten”.