
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 suspendió provisoriamente el decreto que eliminaba el feriado por el día del trabajador del estado. El amparo había sido presentado por ATE.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3 suspendió hoy la eliminación del Día del Trabajador Estatal que había dispuesto el Gobierno nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 430/2025.
En ese sentido, la Justicia suspendió provisionalmente los efectos del DNU "hasta tanto se dicte sentencia definitiva", al dejar sin efecto la eliminación que había decretado el Gobierno y dando lugar al amparo presentado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
En la sentencia, la jueza Mora Fullana declaró la "competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la presente causa" y admitió la "viabilidad formal de la acción de amparo interpuesta e imprimir a la presente causa el trámite contemplado en la ley 16.986, dado que la acción se dirige contra el Poder Ejecutivo Nacional".
También dispuso "hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos del artículo 2° del D.N.U. 430/25 en relación con ATE y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva".
Cabe señalar que el Gobierno Nacional había oficializado hoy la eliminación de la jornada no laborable del Día del Trabajador Estatal, que rige cada 27 de junio para los empleados de la Administración Pública Nacional. Lo hizo a través del decreto 430/2025, publicado en el Boletín Oficial, en el que señaló que “no es adecuado que la administración pública nacional no preste tareas durante el día señalado, mientras el resto de la población lleva adelante su jornada laboral con normalidad”.