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Amplían el plazo para el cómputo de percepciones de IVA

Los responsables inscriptos podrán computar las percepciones en el período fiscal en el que fueron practicadas y también en cualquiera de los cinco períodos fiscales siguientes.



La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), flexibiliza el cómputo de percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Ahora, en vez de aplicarlas en el mes en que las reciben, también pueden hacerlo en cualquiera de los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes.

La medida se oficializó a través de la Resolución General N° 5750/25, publicada hoy en el Boletín Oficial. La vigencia será a partir del 1° de septiembre de 2025.

La medida surge a partir de planteos realizados por entidades representativas del sector privado sobre las dificultades que presentan algunos procesos internos de registración y validación documental para cumplir con los plazos vigentes.