
La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja, en tribunal presidido por la jueza Dra. Sara López Douglas e integrado por los vocales jueces Dra. Edith Agüero y Dr. Mauricio Pérez Mota; quienes continuaron con el juicio en contra Federico N. L., acusado por el delito de homicidio culposo en el marco de un siniestro vial.
Durante la audiencia se desarrolló la etapa de incorporación y valoración de pruebas documentales. El Ministerio Público Fiscal expuso las actuaciones administrativas realizadas por la Policía de la Provincia y la documentación incorporada al expediente para fundamentar la acusación. Posteriormente, la querella, representada por el Dr. Sergio Gómez, realizó su exposición. La defensa técnica formuló observaciones sobre un certificado médico y una captura de pantalla presentada como prueba pericial.
La Fiscalía y la querella expusieron sus argumentos
En su alegato, la querella hizo referencia a las condiciones en las que ocurrió el siniestro y al carácter urbano de la zona. También señaló que la pericia accidentológica no logró determinar la velocidad exacta a la que circulaba el vehículo involucrado.
Asimismo, expuso aspectos vinculados con la gravedad de las lesiones, la activación del código rojo y las intervenciones médicas realizadas a la víctima. En ese marco, hizo referencia a las conclusiones periciales sobre la existencia de un riesgo evitable.
Por su parte, el fiscal retomó las disposiciones del artículo 51 de la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449, en relación con los límites de velocidad. También mencionó aspectos vinculados con las condiciones de circulación del vehículo, la iluminación y la conducta posterior del acusado, según los elementos expuestos durante el proceso.
El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la muerte se produjo como consecuencia de un traumatismo de cráneo relacionado con el hecho y consideró acreditada la responsabilidad penal del acusado. En consecuencia, solicitó una pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo, además de la inhabilitación para conducir. Entre los argumentos presentados, hizo referencia a la conducta atribuida al acusado y a las circunstancias posteriores al siniestro.
La defensa solicitó la absolución
A su turno, la defensa técnica cuestionó la existencia del delito de homicidio culposo y planteó objeciones respecto de la relación entre el siniestro y el fallecimiento de la víctima.
Durante su exposición, hizo referencia a la posibilidad de que la víctima hubiera contraído un virus, a la ausencia de resultados de determinados análisis incorporados al proceso y a las condiciones de iluminación del lugar. También destacó que la alcoholemia del acusado había resultado negativa, según las constancias mencionadas por la defensa.
Además, sostuvo que el vehículo del acusado había sido vandalizado y planteó sus argumentos respecto de las pruebas incorporadas a la causa. Finalmente, solicitó la absolución y pidió al tribunal que evaluara los elementos probatorios presentados durante el juicio.
El acusado habló ante el tribunal
En sus últimas palabras, Federico N. L. manifestó que le resultaba difícil expresarse y lamentó que la víctima fuera tan joven. Señaló que llegó desde Córdoba hace 36 años, que atravesó la situación como una pesadilla y relató las dificultades que, según expresó, tuvo para ver a su madre, además de los agravios que recibió a través de las redes sociales.
Finalmente, pidió que se haga justicia para todas las partes y mencionó expresamente a Trini y a sí mismo, en relación con lo sucedido.