
El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2, de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad capital y a cargo de la jueza Gisela Flamini, resolvió dictar falta de mérito en favor de Daniel R. G., imputado por el presunto delito de abuso sexual con acceso carnal, previsto en el artículo 119 del Código Penal.
 
     
                          La decisión judicial fue adoptada luego de valorar el conjunto de pruebas recolectadas en la investigación, concluyendo que persisten dudas razonables que impiden confirmar o descartar con el grado de certeza exigido la existencia del hecho o la participación del acusado.
De acuerdo con las actuaciones, la denuncia fue presentada el 28 de septiembre de 2024 por una joven, quien manifestó haber sufrido un hecho de connotación sexual en el domicilio familiar, ubicado en un barrio de la ciudad de La Rioja. Durante la instrucción se tomaron declaraciones testimoniales a la denunciante, familiares, allegados y a la profesional médica forense que intervino en la pericia.
Esta última informó que, tras el examen realizado, no se observaron lesiones compatibles con un abuso sexual reciente o antiguo. La magistrada analizó las declaraciones recabadas y destacó que tanto la denunciante como algunos testigos manifestaron incertidumbre respecto a la ocurrencia del hecho, e incluso surgieron referencias a que lo relatado “pudo haber sido un sueño o una pesadilla”.
En ese contexto, la jueza Flamini resolvió que el material probatorio no permite sostener una hipótesis acusatoria ni descartar la inocencia del imputado, lo que genera un estado de duda que, de acuerdo con el artículo 335 del Código Procesal Penal, impide dictar procesamiento o sobreseimiento definitivo.
El auto de falta de mérito no implica una absolución ni el cierre de la causa, sino que ordena continuar la investigación para reunir nuevos elementos que permitan esclarecer los hechos denunciados. Mientras tanto, el imputado permanecerá en libertad hasta tanto se defina la situación procesal en una etapa posterior.