
El caso de las cámaras ocultas que jóvenes inquilinas descubrieron en un complejo de departamentos de calle Carlos Gardel 9050, hecho que ya había sido publicado en medios locales, será investigado bajo el marco de la Ley Olimpia, confirmaron fuentes judiciales.
La causa tomó relevancia pública cuando una estudiante —identificada como A.— encontró una cámara disimulada en el ventiluz de su habitación. En la tarjeta de memoria había miles de videos donde se la veía durmiendo, cambiándose y realizando actividades cotidianas. Tras alertar al resto de las inquilinas, aparecieron otros dos hallazgos similares: una segunda cámara con 4.700 registros y un tercer departamento con cableado y cinta, lo que sugeriría que el dispositivo habría sido retirado recientemente. Todo el material fue entregado a la Fiscalía, que continúa realizando pericias para determinar la finalidad de las grabaciones y el tipo penal que podría corresponder. El propietario del complejo, José Aguilar, quedó señalado en la denuncia, aunque las fuentes judiciales remarcaron que la figura legal dependerá del análisis técnico de los dispositivos y del contenido registrado.
Por qué se aplicará la Ley Olimpia
Desde la Fiscalía explicaron que, más allá del tipo de delito que pueda configurarse, el caso encuadra claramente dentro de la Ley Olimpia, que desde 2023 incorporó la violencia digital como una forma de violencia de género dentro de la Ley 26.485.
“La Ley Olimpia amplía la ley nacional de violencia de género e incluye el espacio digital como un ámbito donde puede ejercerse violencia contra las mujeres. Cuando esa violencia ocurre mediante tecnologías, dispositivos o datos informáticos, como en este caso, se la considera violencia digital”, señalaron fuentes judiciales consultadas.
La investigación deberá determinar si las imágenes fueron tomadas para almacenarlas, reproducirlas, transmitirlas o editarlas, ya que cada finalidad podría derivar en distintos encuadres penales, pero la aplicación de la Ley Olimpia permite analizar la situación con perspectiva de violencia de género en entornos tecnológicos.
Qué protege la Ley Olimpia
La normativa establece que el Estado debe intervenir frente a situaciones como: Obtención o difusión no consentida de imágenes o videos. Vigilancia, control o seguimiento a través de cámaras u otros dispositivos. Acceso indebido a datos personales o material digital. Manipulación o edición de contenido sin autorización. Hostigamiento o intimidación mediante herramientas tecnológicas.
La adecuación del caso a esta ley habilita medidas de protección urgentes y un abordaje específico sobre violencia digital contra mujeres. Tras la repercusión del caso, desde la Fiscalía confirmaron que se están dictando medidas de resguardo para las mujeres afectadas, a fin de garantizarles seguridad mientras avanza la investigación y se profundizan las pericias informáticas.