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Colegio de Escribanos rechaza proyecto de ley que avanza sobre facultades provinciales

El Colegio de Escribanos de La Rioja expresó su rechazo al proyecto impulsado por la diputada nacional de LLA Marcela Pagano que "pretende regular la actividad de las profesiones Universitarias y No Universitarias creando un registro Nacional en el ámbito del Ministerio de Capital Humano de la Nación donde deberán inscribirse todos los Profesionales".



Ante lo que consideraron un avasallamiento de facultades no delegadas y contenidas en normativas constitucionales, el Colegio expresó su “posicionamiento por ante la sociedad y nuestros representantes, que los Colegios Profesionales desempeñan un rol importantísimo en la organización y regulación del ejercicio profesional, la defensa de los intereses de los colegiados y la garantía de la calidad del servicio a la ciudadanía, como organismos públicos creados por el Estado para vigilar que la función pública este desempeñada de tal manera, que los intereses del pueblo sean atendidos con eficacia”. 

Desde el Colegio consignaron que “el Estado detenta la responsabilidad de verificar las capacidades técnicas y una autorregulación que lleva a cabo la propia profesión mediante sus estatutos y normas éticas” que “al complejizarse las actividades del Estado, se hizo difícil el control directo de las profesiones y resolvió delegar en los mimos interesados esos poderes de control interno.”

A través de un comunicado sostienen además que “en nuestro caso como en el de las demás provincias el rol del Colegio (cuyas autoridades cumplen su gestión ad honorem) es multifacético actuando como un organismo regulador, defensor de la profesión, garantizando la eficacia de los actos notariales, supervisando su labor y promoviendo la educación notarial y el intercambio de su conocimiento y experiencia”. 

Enfáticamente definieron “contamos con 78 años de antigüedad y en nuestra provincia como en nuestro país existe el más ferviente deseo que cuidemos la FE PUBLICA, la utilicemos con la máxima responsabilidad, evitando que su uso negligente conduzca a la difamación de profesionales que como el Notario debe ser un baluarte de ética para garantizar los fines públicos que son la paz y la seguridad jurídica.” 

Recordaron además que “Ya en el año 1.991 los estados provinciales fueron avasallados en sus facultades no delegadas en virtud del decreto de necesidad de urgencia 2284/91.”

El critico documento del Colegio presidido por la Dra. Maura Guzmán expresa “Señores legisladores, representantes del pueblo de la Nación Argentina, las provincias son competentes para regular el ejercicio de las profesiones, atribuciones que habilitan incluso a reglamentar derechos constitucionales como el derecho al trabajo (Art. 14 de la Constitución Nacional) siempre que las restricciones no infrinjan las pautas de razonabilidad en aras de lograr el bien común y el bienestar general”

Para completar que “este proyecto-impulsado por la legisladora nacional de LLA- a todas luces inconstitucional, atenta y viola el artículo 121 de la constitución nacional que dice – que las provincias conservan el poder no delegado al gobierno Nacional en la regulación de las profesiones liberales - lo que incluye el poder de policía y nuestra provincia en la nueva constitución determina a través de sus normas (Art. 41, 52 y 128 inc. 21) la reglamentación de las profesiones liberales como facultades propias no delegadas.”