
La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial e La Rioja, presidida por el Dr. Gustavo Díaz, e integrada por las Dras. Edith Agüero y Sara López Douglas, juzga a Ángel E. A. por el delito de abuso sexual agravado.
En el marco del juicio que se tramitó, antes del inicio de la Feria Judicial, contra Ángel E. A., imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente, se presentó nueva evidencia clave ante el tribunal. La licenciada en Psicología que se desempeña en el Centro de Atención a la Víctima (CATIU) de la Función Judicial, brindó su testimonio tras haber entrevistado a la menor, víctima del caso.
Durante su declaración, la profesional relató que la niña fue entrevistada en el contexto de una medida de protección implementada por el área de Niñez y Adolescencia, motivada por una situación de presunto maltrato ejercido por su padre. Según la psicóloga, la víctima se mostró tranquila, aunque con signos de nerviosismo, y narró con coherencia y sin contradicciones los episodios de maltrato físico y abuso que habría sufrido desde los 5 o 6 años por parte de su tío, en la vivienda que compartían.
La profesional recomendó tratamiento psicológico para la niña y sugirió que, si era su voluntad, pudiera restablecer el vínculo con su madre.
El imputado, Ángel E. A., hizo uso de su derecho a declarar, aunque se negó a responder preguntas. En una breve exposición, negó los hechos y aseguró tener pruebas médicas que indicarían la inexistencia de lesiones físicas en la víctima. Sostuvo su inocencia y rechazó las acusaciones.
Durante la audiencia también se incorporó prueba documental por parte de la fiscalía y la defensa. En los alegatos, el fiscal Dr. Rafael López sostuvo la existencia de una relación de poder y aprovechamiento sobre la víctima. “El abuso infantil es una de las formas más extremas de violencia porque impacta contra la vulnerabilidad de la niña”, afirmó, y solicitó que el acusado sea declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente, en los términos del artículo 119, tercer y cuarto párrafo del Código Penal. Requirió una pena de 16 años de prisión efectiva, conforme a los artículos 40 y 41 del mismo cuerpo legal.
Por su parte, la defensa del acusado pidió su absolución, argumentando que el Ministerio Público Fiscal no logró probar los hechos con el grado de certeza requerido. En particular, cuestionó la falta de precisión respecto del tiempo, lugar y circunstancias de los presuntos abusos.
Los hechos que se investigan ocurrieron entre los años 2012 y 2019. Según la acusación, los abusos habrían comenzado cuando la niña tenía 6 años, durante visitas del imputado a la ciudad de Córdoba, y continuaron luego en la ciudad de La Rioja hasta que la víctima, con 13 años, logró contar lo sucedido.